sábado, 1 de diciembre de 2018

PRESENTACIÓN

El barrio San Antonio cuenta con una declaratoria como sector de conservación tipológica-morfológica en la ciudad de Cali; sin embargo, en muchas de las edificaciones originales no se ha respetado la conservación.  Se han incrementado en altura con alteraciones en el perfil urbano y volumetría; se presentan culatas sin tratamiento, cambios en las tipologías, ritmo y tamaño de vanos, materiales aplicados, así como en los usos del suelo, lo cual conlleva a una heterogeneidad de un sector tradicionalmente homogéneo e incluso al inicio de un deterioro incipiente.

En la revisión del POT, en diciembre del 2014, se indicó que muchos de sus inmuebles fueron intervenidos en forma inadecuada y en contra de las normas vigentes, alterando las características del perfil urbano, tipología arquitectónica, alturas, materiales y acabados, e incluso que algunos han sido demolidos totalmente, vulnerando sus valores como sectores urbanos protegidos.  Según el POT, este barrio ha sufrido el embate de los cambios en densidades, usos y vocaciones propios del crecimiento de la ciudad, que han traído consigo el derribamiento de muchas de sus edificaciones residenciales originales, dando como resultado una imagen y perfil urbano bastante heterogéneos.

En el año 2010, ante la proliferación de establecimientos de comercio y servicios cuyo número superó el límite estipulado en el POT del 5% del área útil del Barrio San Antonio,  llegando a un 16.5% según el estudio de saturación realizado; el Alcalde y Planeación Municipal expidieron un decreto suspendiendo la expedición de conceptos de usos del suelo para comercio y servicios en el polígono normativo PUR-PN-41-PAAU, como medida para mitigar los impactos de tipo ambiental, urbano y social que se estaban presentando en sus habitantes. 

El Documento Técnico Soporte de la Revisión Ordinaria del Plan de Ordenamiento Territorial -POT-de Santiago de Cali de diciembre de 2014, en su análisis del Plan Especial de Protección del Patrimonio Urbano – Arquitectónico del Municipio de Santiago de Cali, se encontró que los criterios de selección de los BIC han sido únicamente históricos y estilísticos correspondientes al patrimonio monumental, ignorando las expresiones populares. Por esa razón existe hoy una alta concentración geográfica de los bienes en 3 comunas y 1 corregimiento.
Expreso también, que existe una falta seguimiento y control al Patrimonio Inmueble por parte de los organismos encargados de estas labores a nivel municipal, departamental y nacional.  En las áreas de influencia de los BIC funcionan usos del suelo que inducen las zonas de influencia al deterioro, como los casinos que atraen al entorno usos y actividades ilegales lesivas como la prostitución, tráfico de estupefacientes, etc.

De acuerdo con el documento, la comunidad en general carece de conocimiento acerca de la existencia de un Patrimonio Urbano - Arquitectónico en Cali, más allá de los hitos identificados tradicionalmente y que los supone parte del Patrimonio Inmueble.  No se sabe cuántos ni cuáles bienes conforman ese Patrimonio, cuáles son los motivos o méritos para haberlos declarado como tal, ni los deberes y derechos que su protección implica.

Por todo lo anterior, la Secretaria de Cultura de Cali, ha tenido la iniciativa de realizar un Inventario Descriptivo de los bienes culturales del barrio San Antonio, con el fin de contar con una información certera, actualizada y organizada de su patrimonio cultural construido; y a partir de esta valoración definir las acciones necesarias para su protección.

El presente documento contiene entonces, el plan de trabajo que la empresa Plan-In, contratista del proyecto, ha diseñado para abordar metodológicamente este inventario de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en los pliegos de condiciones del Concurso de Méritos Abierto No. 4148.010.32.103 - 2.018

1.1.        Marco Conceptual


1.1.1.    Patrimonio Cultural


Desde el momento mismo en que se nace en un lugar y dentro de una comunidad, se cuenta con una herencia que es lo que cada uno puede llamar su patrimonio, el cual es consubstancial al ser social.  No es optativo, porque las palabras, los significados, los hábitos, las tradiciones, los objetos, los lugares de habitación y de relación social, el conocimiento y las instituciones – entre muchos otros – hacen parte de la cultura en la que ha nacido y ha crecido el individuo.  Toda esta serie de elementos constituye – en gran medida- su ser social, determina su forma de relacionarse con su entorno, con su ambiente y su sociedad[1].

El ser humano desarrolla su existencia en dos dimensiones básicas, el tiempo y el espacio, y en medio de estas, en tres categorías: la vida en comunidad, la memoria y el territorio en el que desarrolla sus actividades.  La huella tangible que deja en el tiempo y en el espacio se representa en la memoria y en los objetos materiales que determina la cultura, la cual es definida por la legislación colombiana, como «El conjunto de rasgos distintivos, espirituales, materiales, intelectuales y emocionales que caracterizan a los grupos humanos y que comprende, más allá de las artes y las letras, modos de vida, derechos humanos, sistemas de valores, tradiciones y creencias»[2].

De esta forma el legado tangible e intangible se convierte en patrimonio a través de la valoración que realiza cierta comunidad de los vestigios materiales e inmateriales que se conservan en las tres categorías, en un territorio específico, con la generación de la memoria individual y colectiva y los bienes y el desarrollo de su cultura, a través del tiempo.  Para la Unesco: «El término de Patrimonio suele definirse como nuestro legado del pasado, nuestro equipaje en el presente y la herencia que les dejaremos a las futuras generaciones para que ellas puedan aprender, maravillarse y disfrutar de él».

Gráfico 1: Definición de patrimonio cultural.



[1] Manual para inventarios de Bienes Culturales Muebles. Ministerio de la Cultura, Dirección de Patrimonio. Bogotá, Colombia, 2005.
[2] Ley 397 de 1997, artículo 1.


Con el fin de contextualizar este documento, que soporta la metodología de trabajo a desarrollar en el barrio san Antonio de Cali, se presentan algunas definiciones dadas por el Ministerio de la Cultura en el Manual para Inventarios de Bienes Culturales Inmuebles del año 2005, que se tomaran como ciertas para efecto de este proyecto. Estas definiciones ayudaran, además, a acotar el área del conocimiento y a entender en qué categoría se sitúa el objeto de estudio.

En Colombia: «El Patrimonio Cultural de la Nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble e inmueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el paisajístico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico»[1].

Patrimonio cultural: conjunto de bienes y manifestaciones culturales materiales e inmateriales, que se encuentran en permanente construcción sobre el territorio transformado por las comunidades.  Dichos bienes y manifestaciones se constituyen en valores estimables que conforman sentidos y lazos de pertenencia, identidad y memoria para un grupo colectivo humano.

Patrimonio material: agrupa dos grandes áreas, la inmueble y la mueble, se caracteriza por tener un cuerpo físico que puede ser dimensionado y percibido sensorialmente.  Está constituido por el territorio geográfico con sus respectivos recursos ambientales y naturales como hábitat humano; los hechos construidos, las manifestaciones físicas de la estructura productora y de los procesos de poblamiento; los sistemas de transporte y las obras de infraestructura como vías, caminos y puentes, entre otros; y todo el universo de herramientas, utensilios, máquinas y demás objetos que apoyan la vida productiva y cotidiana de los seres humanos.

Patrimonio inmueble o construido: Se caracteriza por estar fijo a la tierra, tal como las edificaciones, los conjuntos arquitectónicos, los asentamientos urbanos, las obras de ingeniería, los parques arqueológicos y las obras de adecuación del territorio para fines de explotación, producción o recreación.  Las áreas cultivadas o explotadas, las obras de infraestructura y los ámbitos geográficos adaptados culturalmente como los Paisajes Culturales, que han entrado a formar parte de esta categoría.

Grupo Urbano: constituido por sectores urbanos y el espacio público.  Los Sectores urbanos son fracciones de territorio en una ciudad, dotados de fisonomía y características que le son propias y rasgos distintivos que le confieren cierta unidad e individualidad

Entonces, un bien puede ser material o inmaterial, y se puede declarar patrimonio cultural cuando se hace evidente que los individuos o las comunidades lo reconocen como parte de su identidad; toda vez que le atribuyen valores o intereses de tipo histórico, artístico, científico, estético o simbólico en campos plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico. El objetivo de declarar un bien de interés cultural es acogerse a todas las medidas de protección, visibilizarían y difusión del patrimonio y la identidad cultural de un territorio determinado.



[1] Según la Ley 1185 de 2008, "Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 -Ley General de Cultura- y se dictan otras disposiciones.


Gráfico 2: Categorías del patrimonio cultural.

Así, podemos definir el sector urbano de San Antonio como: patrimonio cultural material inmueble del grupo urbano.Así, podemos definir el sector urbano de San Antonio como: patrimonio cultural material inmueble del grupo urbano.

El proceso de Intervención, que comprende la identificación, valoración o conservación de bienes patrimoniales; no es un ejercicio subjetivo como se tiende a pensar, por el contrario, es un ejercicio de investigación aplicada, donde cada elemento es considerado un caso de estudio, con el que se pretende direccionar las actuaciones futuras sobre el bien. La investigación puede tener diferentes maneras de abordarse, contar con diferentes herramientas y metodologías; sin embargo, siempre tendrá el propósito de disponer del mayor número de argumentos técnicos posibles para establecer criterios de intervención objetivos.

La axiología o filosofía de los valores, es la rama de la filosofía que estudia la naturaleza de los valores,  según la cual, no solo los juicios estéticos y morales dependen de valores, sino que hasta las verdades científicas y las observaciones cotidianas responden a ciertos valores y formas de valorar.   La axiología contemporánea, no sólo aborda los valores positivos, sino también los negativos (o anti-valores), analizando los principios que permiten considerar que algo es o no valioso, y considerando los fundamentos de tal juicio.


Gráfico 3: Valoración Axiológica

“El resultado de la actividad cultural se manifiesta en presencias tangibles o intangibles, en objetos y en ideas. El patrimonio debe entenderse a través de la apropiación y la transformación del territorio; de la historia y las tradiciones que configuran la memoria; de la comprensión del mundo a través de mitos y creencias de una comunidad”.  Manual para Inventarios de Bienes Culturales Inmuebles, Ministerio de Cultura, 2005.

Cuando se valora un bien patrimonial, se busca entender qué es lo que motiva a los actores involucrados (propietarios, usuarios, visitantes y expertos) para procurar su conservación.  Esta evaluación se hace a partir de un análisis del objeto mismo, del contexto físico y temporal en el que se encuentra y del sujeto que lo apropia.

Ley 1185 de 2008 y su Decreto Reglamentario 763 de 2009, se convierte en el instrumento normativo vigente para los asuntos referidos a la valoración del patrimonio cultural en el país.  El Titulo. 2 Criterios De Valoración Para Declarar Bienes De Interés Cultural –BIC– en su Artículo 6, expresa “Los criterios de valoración son pautas generales que orientan y contribuyen a la atribución y definición de la significación cultural de un bien mueble o inmueble. La significación cultural es la definición del valor cultural del bien a partir del análisis integral de los criterios de valoración y de los valores atribuidos”.

Así, los criterios de valoración establecidos en el país por el Ministerio de la Cultura son:
-        Antigüedad
-        Autoría
-        Autenticidad
-        Constitución del bien
-        Forma
-        Estado de conservación
-        Contexto ambiental
-        Contexto urbano
-        Contexto físico
-        Representatividad y contextualización sociocultural


Estos criterios de valoración permiten atribuir valores a los bienes tales como:

Valor histórico: Un bien posee valor histórico cuando se constituye en documento o testimonio para la reconstrucción de la historia, así como para el conocimiento científico, técnico o artístico.  Es la asociación directa del bien con épocas, procesos, eventos y prácticas políticas, económicas, sociales y culturales, grupos sociales y personas de especial importancia en el ámbito mundial, nacional, regional o local.

Valor estético: Un bien posee valor estético cuando se reconocen en éste atributos de calidad artística, o de diseño, que reflejan una Idea creativa en su composición, en la técnica de elaboración o construcción, así como en las huellas de utilización y uso dejadas por el paso del tiempo.  Este valor se encuentra relacionado con la apreciación de las características formales y físicas del bien y con su materialidad.

Valor simbólico: Un bien posee valor simbólico cuando manifiesta modos de ver y de sentir el mundo.  El valor simbólico tiene un fuerte poder de identificación y cohesión social. Lo simbólico mantiene, renueva y actualiza deseos, emociones e ideales construidos e interiorizados que vinculan tiempos y espacios de memoria.  Este valor hace referencia a la vinculación del bien con procesos, prácticas, eventos o actividades significativas para la memoria o el desarrollo constante de la comunidad.

Es a partir de estas premisas definidas por el Ministerio de Cultura, que desarrollaremos el ejercicio de identificación e inventario descriptivo de los Bienes Inmuebles de Interés Cultural Patrimonial Arquitectónico del barrio San Antonio en la ciudad de Cali y así brindarle a la Administración Municipal, insumos y herramientas para establecer criterios técnicos y objetivos con el cual tomar decisiones frente al futuro del sector. 


Inventarios de Bienes Culturales


El proceso de inventario de bienes, se orienta a reconocer y valorar el patrimonio cultural de una comunidad con el fin de identificarlo, listarlo y catalogarlo para protegerlo.  Este proceso se realiza mediante el reconocimiento jurídico del bien.

El reconocimiento jurídico, se refiere al acto oficial de declaratoria de un bien o manifestación como patrimonio cultural de una comunidad; este es un pronunciamiento que se da a través de una ley, decreto, proyecto de acuerdo u ordenanza; según lo considere el órgano territorial que otorgue la declaratoria. Sin él, no es posible brindar protección legal a los bienes patrimoniales, ya que se dificulta su conservación debido a la falta de recursos para su mantenimiento y se excluye su promoción o divulgación, pues no es posible promover aquello que no se reconoce.
En esta medida, realizar el reconocimiento jurídico de los bienes patrimoniales, permite:

-      Definir instrumentos específicos para su protección
-      Desarrollar derechos culturales previstos en la Constitución y en tratados internacionales
-      Delimitar un régimen especial de protección y salvaguardia
-      Especificar la forma como el Estado puede intervenir en la actividad económica de los particulares o en la propiedad privada
-      Concretar los elementos de apoyo económico del Estado
-      Definir, con total precisión, las obligaciones, facultades y funciones de la Nación
-      Modelar las formas de intervención del Estado para superar asimetrías
-      Definir mecanismos específicos para promover la interacción de la cultura nacional con la cultura universal.

El reconocimiento jurídico permite a las administraciones territoriales, prever, prevenir y contrarrestar las principales causas del deterioro en el patrimonio cultural, como son:

-      El desconocimiento de la relevancia del tema
-      La presión ejercida por los intereses económicos sobre la propiedad que estimula la construcción
-      La contaminación del medio ambiente y la contaminación visual y auditiva
-      Presiones por los cambios de uso
-      Desplazamiento de la población original
-      Perdida de la cohesión social
-      Falta de políticas publicas

El proceso de declaratoria de un bien patrimonial en Colombia incluye una serie de requisitos descritos en la Ley 1185 de 2008: 

Artículo 8°. Procedimiento para la declaratoria de bienes de interés cultural.

a)    Al Ministerio de Cultura, previo concepto favorable del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural, le corresponde la declaratoria y el manejo de los bienes de interés cultural del ámbito nacional.  Son bienes de interés cultural del ámbito nacional los declarados como tales por la ley, el Ministerio de Cultura o el Archivo General de la Nación, en lo de su competencia, en razón del interés especial que el bien revista para la comunidad en todo el territorio nacional.

b)    A las entidades territoriales, con base en los principios de descentralización, autonomía y participación, les corresponde la declaratoria y el manejo de los bienes de interés cultural del ámbito departamental, distrital, municipal, de los territorios indígenas y de las comunidades negras de que trata la ley 70 de 1993 a través de las gobernaciones, alcaldías o autoridades respectivas, previo concepto favorable del correspondiente Consejo Departamental de Patrimonio Cultural, o del Consejo Distrital de Patrimonio Cultural en el caso de los distritos.

Procedimiento
La declaratoria de los bienes de interés cultural atenderá el siguiente procedimiento, tanto en el orden nacional como territorial:

1)    El bien de que se trate se incluirá en una Lista Indicativa de Candidatos a Bienes de Interés Cultural por la autoridad competente de efectuar la declaratoria.

2)    Con base en la Lista de qué trata el numeral anterior, la autoridad competente para la declaratoria definirá si el bien requiere un Plan Especial de Manejo y Protección.
3)    Una vez cumplido el procedimiento descrito en los dos numerales anteriores, el Consejo Nacional de Patrimonio Cultural respecto de los bienes del ámbito nacional, o el respectivo Consejo Departamental o Distrital de Patrimonio Cultural, según el caso, emitirá su concepto sobre la declaratoria y el Plan Especial de Manejo y Protección si el bien lo requiriere.

4)    Si el concepto del respectivo Consejo de Patrimonio Cultural fuere favorable, la autoridad efectuará la declaratoria y en el mismo acto aprobará el Plan Especial de Manejo y Protección si éste se requiriere.

Parágrafo 1°. En caso de que la declaratoria de que trata este artículo surgiere de iniciativa privada o particular se seguirá el mismo procedimiento, en cuyo caso el particular solicitante presentará el respectivo Plan Especial de Manejo y Protección si este se requiriese, y éste será sometido a revisión del respectivo Consejo de Patrimonio Cultural.

Parágrafo 20. Revocatoria. La revocatoria del acto de declaratoria de bienes de interés cultural corresponderá a la autoridad que lo hubiera expedido, previo concepto favorable del respectivo Consejo de Patrimonio Cultural, en el caso en que dichos bienes hayan perdido los valores que dieron lugar a la declaratoria.  Tratándose de la revocatoria de declaratorias de monumentos nacionales o bienes de interés cultura efectuadas por el Ministerio de Educación, la revocatoria corresponderá al Ministerio de Cultura.

El Proceso de Inventario, constituye una serie de acciones que permiten reconocer, catalogar y poner en valor los bienes y manifestaciones culturales.  El procedimiento establecido por el Ministerio de Cultura y que será el desarrollado por este equipo de trabajo para cumplir con los objetivos contractuales es el siguiente:

a)    Investigación histórica documental previa al trabajo de campo
b)    Delimitación del área de estudio
c)    Recorridos de campo
d)    Lista y valoración preliminar
e)    Análisis de información y diligenciamiento de fichas


Nuestro pensamiento frente al patrimonio


Antes de realizar la descripción del plan de trabajo, nos permitimos realizar unas reflexiones acerca de temas que consideramos relevantes poner sobre la mesa tanto en las discusiones con la administración municipal, como en los talleres con la comunidad.

De Europa heredamos una versión monumentalista del patrimonio cultural, centrada en el discurso oficial formal e historicista de sus bienes culturales, dejando a un lado el valor simbólico y significativo representado en las versiones no oficiales de identidad propias de los patrimonios locales, sus apropiaciones y re significaciones.  Hoy, gracias a las nuevas categorías incorporadas por la Unesco, contamos con un criterio más integral; cada vez más incluyentes donde la comunidad y la cultura, son escenario y lugar común de las transformaciones sociales.

Desde esta perspectiva los nuevos retos de la gestión e intervención del patrimonio cultural, radica en el reconocimiento de las voluntades y sentimientos de apropiación por parte de los actores claves, donde las leyes, políticas, planes y proyectos, se constituyen en instrumentos facilitadores de estos procesos y son reflejo de los anhelos de identidad y desarrollo social y humano de las comunidades portadoras.

Entendemos el patrimonio, como elemento estructurante de la planeación de la ciudad, buscamos aportar a la construcción de políticas culturales con mirada integral, en el marco de nuevas estrategias de gestión con inclusión de los actores sociales. Así, los procesos participativos de educación, difusión, promoción, y autogestión de los patrimonios locales, se convierten en una estrategia, no sólo de ordenamiento territorial, sino de desarrollo social y económico de las comunidades.

El Ministerio de Cultura, reconoce en los centros históricos y sectores urbanos de interés cultural, oportunidades de desarrollo para los municipios del país que, por sus características culturales, tienen un potencial excepcional para la dinamización a través de la oferta de espacio público, turismo cultural, vivienda y servicios de calidad.  Se evidencia entonces, la necesidad de establecer lineamientos conceptuales, institucionales y operativos que posibiliten la preservación de estos sectores, permitan el aprovechamiento económico de los mismos, la gestión de recursos y la vinculación del sector privado a dichos procesos.

Los procesos de planeación cultural y, por ende, los relacionados con el patrimonio y todos aquellos que involucren poblaciones y organizaciones, deben contar con unos principios orientadores como son la participación, la concertación, la sostenibilidad y la comunicación;  como garantes de procesos que legitiman la intervención y las acciones de los multi-actores (públicos, privados y de la sociedad civil) comprometidos con el patrimonio cultural y con una agenda que articule dinámicas del orden local, departamental, nacional e internacional. 


Marco Jurídico


 Norma Nacional


Las competencias jurídicas del Patrimonio Cultural Inmueble en Colombia se fundamentan en el siguiente marco legal:


En Colombia el tema del patrimonio es muy joven, aún desde la legislación para su protección, que nace con la constitución de 1991, hasta los proyectos de identificación y de intervención en el patrimonio inmueble, que son muy pocos considerando la riqueza cultural con la que cuenta el país. 

La responsabilidad que el Estado tiene con relación al manejo del patrimonio cultural colombiano recae en el Ministerio de Cultura, y en particular en la Dirección de Patrimonio, se ha empeñado en poner en marcha un proceso de revisión y evaluación de las políticas que han dirigido las acciones del Gobierno Nacional hasta el momento, con el fin de innovarlas, para que, con base en la experiencia resultado de un trabajo persistente de la administración pública -sobre todo en los últimos treinta años-, realmente puedan ser la carta de navegación que oriente las actuaciones que caractericen los inicios de este nuevo milenio.

Sus líneas de investigación se constituyen a través de cinco áreas principales: urbana, arquitectónica, histórica, estética y técnica, dentro de las cuales se articulan los programas y proyectos coordinados por el grupo:

·         Programa de Valoración e Inventario del Patrimonio Mueble e Inmueble
  • Programa de Estudio y Propuesta de Declaratorias de Bienes de Interés Cultural
  • Programa de Investigación Patrimonial Dirigida a la Inscripción de Sitios en la Lista de Patrimonio Mundial de la Unesco
  • Programa de Servicio, Información y Difusión del Sistema de Información Patrimonial
  • Programa de Investigación sobre el Patrimonio Inmaterial -con el apoyo de la Dirección de Etnocultura y Fomento Regional
  
Desde la Constitución del 1991, cuando se reconoce la cultura como el fundamento de la nacionalidad, además del sentido multiétnico, multicultural y diverso de la nacionalidad colombiana, se transformó el pensamiento frente a la protección de la identidad cultural y de la memoria de nuestros pueblos. Posteriormente y con el fin de desarrollar los principios y mecanismos con los cuales aprovechar este nuevo pensamiento institucional, se creó la ley general de cultura, Ley 397 de 1997, que significó poner al país a tono con los más avanzados pensamientos y reflexiones en torno al patrimonio cultural a nivel internacional.

La ley de cultura de 1997, dispone que el patrimonio cultural de la Nación está constituido por todos los bienes y valores culturales que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la tradición, las costumbres y los hábitos, así como el conjunto de bienes inmateriales y materiales, muebles e inmuebles, que poseen un especial interés histórico, artístico, estético, plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, ambiental, ecológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, científico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico, antropológico y las manifestaciones, los productos y las representaciones de la cultura popular. (Título II, articulo 4). 

Empieza entonces a ser claro, que el concepto de “Monumento” no abarca las necesidades de protección de la riqueza cultural del país y se inicia el proceso de inventario y valoración de los Bienes Culturales de Interés Patrimonial, reconociendo tanto los intangibles (danza, la comida, las fiestas, la tradición oral, etc.), como los sectores urbanos de interés cultural. 

Se incorpora, además, el concepto de Patrimonio Cultural Urbanístico, entendido como todos aquellos elementos arquitectónicos, urbanos y del paisaje que tiene un significado especial para las personas.  Cuya importancia radica en el valor histórico, simbólico o vivencial; en las cualidades ambientales, arquitectónicas o porque representan la forma de habitar de una comunidad. Todas aquellas manifestaciones que nos permitan entender cómo el hombre, usa, apropia y transforma el espacio.

Entonces, el país inició la aplicación de esta ley teniendo como premisa la protección, la conservación, la rehabilitación y la divulgación de dicho patrimonio, con el propósito de que éste sirva de testimonio de la identidad cultural nacional, tanto en el presente como en el futuro. (Artículo 5). 


La Nación y las entidades territoriales estarán en la obligación de realizar el registro del patrimonio cultural. Las entidades territoriales remitirán periódicamente al Ministerio de Cultura, sus respectivos registros, con el fin de que sean contemplados en el Registro Nacional del Patrimonio Cultural. (Artículo 14). 

Posteriormente y derivada de la Ley de Cultura de 1997, nace la Ley de Desarrollo Territorial, Ley 388 de 1997, en la que se hacen efectivos los Planes de Ordenamiento Territorial que a la fecha (más de una década después) apenas empiezan a ser desarrollados y asumidos por los municipios como parte de su esquema de planificación urbana.  Ciudades como Bogotá, Cartagena y Medellín, son pioneras en el desarrollo de este ejercicio.

El ordenamiento del territorio constituye en su conjunto una función pública, para el cumplimiento de los siguientes fines: Propender por el mejoramiento de la calidad de vida de los habitantes, la distribución equitativa de las oportunidades y los beneficios del desarrollo y la preservación del patrimonio cultural y natural. (Artículo 3º)

La más reciente norma expedida en Colombia para la salvaguarda del patrimonio cultural es la Ley de Cultura 1185 de 2008, que empieza definiendo el patrimonio cultural así:

El patrimonio cultural de la nación está constituido por todos los bienes materiales, las manifestaciones inmateriales, los productos y las representaciones de la cultura que son expresión de la nacionalidad colombiana, tales como la lengua castellana, las lenguas y dialectos de las comunidades indígenas, negras y creoles, la tradición, el conocimiento ancestral, el paisaje cultural, las costumbres y los hábitos, así como los bienes materiales de naturaleza mueble a los que se les atribuye, entre otros, especial interés histórico, artístico, científico, estético o simbólico en ámbitos como el plástico, arquitectónico, urbano, arqueológico, lingüístico, sonoro, musical, audiovisual, fílmico, testimonial, documental, literario, bibliográfico, museológico o antropológico[4].

Esta nueva ley complementa, modifica y ajusta algunos aspectos de la anterior Ley de Cultura, en donde además de precisar la definición del patrimonio cultural colombiano, define instrumentos de estímulo y apoyo para la gestión patrimonial, complementa la institucionalidad entorno a la cultura y crea elementos para propiciar la participación ciudadana en la toma de decisiones.

Esta Ley ha derivado en un decreto y dos resoluciones para su reglamentación: Decreto 763 de 2009, Resolución 0983 de 2013 y Resolución 1359 de 2013. 


 Norma Local


De acuerdo con el diagnóstico de los BIC, que se logró en la revisión del POT en diciembre del 2014, se propuso la actualización del Plan Especial, según los acuerdos internacionales suscritos sobre la materia y las normas nacionales recientes, para convertirlo en el Plan Especial de Manejo y Protección – PEMP – del Patrimonio Natural y Cultural del Municipio de Santiago de Cali, tal y como lo establece la Ley 1185 de 2008.

Se produjo un proyecto de acuerdo y una memoria justificativa, entre otros.

En ella se homologan los siete (7) Tipos de Conservación del Acuerdo 0232 del 2007, a los tres (3) Niveles de Intervención planteados por el Decreto 763 de 2009, dando como resultado la siguiente agrupación para los bienes inmuebles


Niveles Nacionales
Decreto 763 de 2009

Niveles Municipales de Cali - Acuerdo 0232 de 2007

Nivel 1. Conservación
Integral
Conservación Tipo 1  Conservación monumental. Conservación Tipo 4  Preservación urbanística.
Conservación Tipo 6  Conservación arquitecnico  paisajística
(componente paisajístico)
Conservación Tipo 7  Preservación ambiental. Zonas Arqueológicas.
Nivel 2. Conservación del Tipo Arquitecnico
Conservación Tipo 2  Conservación tipológica y exterior. Conservación Tipo 5  Conservación tipológica  morfológica.

Nivel 3. Conservación
Contextual
Conservación Tipo 3  Conservación externa.
Conservación Tipo 6  Conservación arquitecnico  paisajística
(componente arquitectónico)
Fuente: Documento Técnico Soporte del Acuerdo 0373 de 2014

Para el caso de Cali, el Acuerdo 0373 de 2014 (Plan de Ordenamiento Territorial), en su Artículo 125, las normas generales urbanas para el barrio San Antonio, así como las específicas para los inmuebles con Nivel 2 de conservación como es el caso de los inmuebles objetos de estudio para la realización del inventario, establece:

Artículo 125Condiciones generales de manejo para los Sectores Urbanos de los barrios San Antonio y San Cayetano, San Juan Bosco y Santa Rosa. Los sectores urbanos comprendidos por los barrios San Antonio y San Cayetano, y una porción de los barrios San Juan Bosco y Santa Rosa, se rigen por las condiciones generales urbanas establecidas en el presente Artículo, y por las condiciones para los inmuebles de acuerdo con el nivel de intervención 2, 3A y 3B en que aparece clasificado cada uno de los predios, acorde con el Mapa N°24 “Bienes Inmuebles de Interés Cultural”.

1)    Condiciones generales urbanas:

a.    Respeto y valoración: todo tipo de obra que se realice en un sector urbano debe propender por el respeto y valoración del entorno protegido, por tanto, deben respetarse el trazado, el perfil urbano, los paramentos, la volumetría, alturas, cubiertas, la composición y otros elementos exteriores para no alterar su imagen. Se prohíben las ampliaciones viales, retrocesos de fachadas o cualquier intervención que implique la alteración del tejido urbano protegido.

b.    Espacio de uso público: las intervenciones sobre el espacio de uso público tendrán por objeto recuperar y preservar sus componentes, así como adecuar estos sectores para la circulación y la recreación.

c.    Arborización: se debe conservar la arborización existente en el exterior como dentro los predios, incluyendo las huertas existentes en solares. Sólo se permiten intervenciones dirigidas a incrementar la arborización, de acuerdo con los parámetros establecidos en el Estatuto de Silvicultura Urbana y Paisajismo. La tala de árboles sólo tendrá lugar cuando la autoridad ambiental urbana certifique que la arborización existente afecta alguna edificación o elemento del espacio público.

d.    Cableado: en los sectores urbanos toda instalación de distribución y/o cableado debe ser subterranizada. Toda actuación de peatonalización y/o semi-peatonalización incluirá en su proyecto específico las subterranización de redes.

e.    Perfiles: en los barrios San Antonio y San Cayetano aquellas construcciones que se levantan sobre pendientes se adaptarán a las mismas, manteniendo un perfil urbano escalonado en el sentido de las calles.

f.     Subdivisión o englobe de predios: no se permite ningún tipo de transformación de los predios existentes, sean englobes o subdivisión predial. Sólo se permite el englobe cuando exista la posibilidad de recuperar tipologías originales, perdidas por sucesivas subdivisiones realizadas con anterioridad a la vigencia del presente Acto, y/o que exista un proyecto de intervención compuesto por dos o más unidades tipológicas, que en conjunto conserve las características originales de cada una.

g.    Patios interiores y traspatios: deben conservarse en su totalidad para mantener las condiciones ambientales, de ventilación, salubridad e higiene del inmueble y del sector urbano. Los pisos exteriores deberán realizarse con materiales permeables y, en caso de estar cubiertos, deberán contar con los drenajes necesarios para controlar humedades.

h.    Usos: las edificaciones pueden dedicarse a un uso adicional compatible al uso residencial, que ocupe como máximo hasta un veinticinco por ciento (25%) del predio, acorde con los usos permitidos en la columna de Sectores Urbanos Protegidos del Anexo Nº 4 "Matriz CIIU de los Usos del Suelo Urbano" siempre que no cause impactos de tipo ambiental, urbano o social a sus vecinos.


2)    Inmuebles catalogados como Nivel 2 Conservación del Tipo Arquitectónico:

a.    Edificaciones: estos inmuebles deben conservarse de manera integral, respetando su tipología arquitectónica original, es decir, altura, fachada incluyendo ornamentos y vanos originales, forjas, así como color original de la edificación, cubiertas, aleros, zaguanes y portones, respetando los materiales originales de la edificación (bahareque, adobe, madera, teja de barro, carpintería de puertas y ventanas).

b.    Culatas: las edificaciones que presenten culatas hacia los predios vecinos deberán darles cubrimiento de fachada y tratarlas con acabados similares a la fachada principal.

c.    Color exterior: sólo se permiten pinturas a base de aceite y/o con adherentes sintéticos sobre los elementos de la carpintería de madera.

d.    Aleros, porches y balcones: no se permite la utilización de aleros falsos de teja de barro hacia la vía pública; cuando hayan sido construidos, deberán eliminarse restituyendo la fachada original del inmueble. Sobre la fachada no se permiten voladizos distintos a los aleros de cubierta y balcones, que deben ser conservados junto con los porches existentes. Se prohíbe su cerramiento con cualquier material o elemento.

e.    Carpintería de ventanas y puertas: en caso de reemplazo por deterioro, lo nuevos elementos deben conservar el material, la tipología y el diseño original. No se autoriza la incorporación de carpinterías metálicas.

f.     Cerramientos: se permite la instalación de rejas de seguridad en hierro forjado dentro de los vanos de portones, conservando el diseño de las rejas de las ventanas. No se permite el uso de persianas metálicas.

g.    Garajes: se prohíbe el desarrollo de garajes en los inmuebles Nivel 2.

h.    Muros interiores: no se permite eliminar muros interiores originales para unir dos o más espacios; sólo se admite en ellos la apertura de puertas internas de comunicación, en aquellos muros que no sean de carga, con un ancho máximo de un metro con veinte centímetros (1,20 m). Si las características del uso complementario a la vivienda al que vaya a destinarse el inmueble lo requiere, podrán incorporarse nuevos muros para la subdivisión del espacio.

Estos serán los elementos que se tendrán en cuenta para la catalogación y priorización el ejercicio de valoración y selección de los inmuebles que representan el 40%la totalidad.  La metodología de selección será explicada adelante en el documento.


Contexto Urbano del Sector Patrimonial


De acuerdo al estudio realizado por la Universidad del Valle Escenarios de Vulnerabilidad y de Daño Sísmico de las Edificaciones de Mampostería de uno y dos pisos en el barrio San Antonio, Cali, Colombia”; San Antonio, es uno de los barrios más antiguos y tradicionales de la ciudad de Cali; en él se conservan diversas manifestaciones arquitectónicas de carácter histórico - patrimonial, además, es uno de los pocos que presenta vestigios de la arquitectura de tradición colonial y estilo republicano, representados, respectivamente, en su capilla construida en 1747 y una muestra importante de viviendas republicanas de finales del siglo XIX y comienzos del XX, construidas en adobe y teja de barro, de incalculable valor arquitectónico, histórico y documental (Quintero & Barandica, 1984).


Delimitación:

El perímetro urbano del barrio va desde la Carrera 4ta hasta la Carrera 12, y desde la Calle 5ta hasta la colina del San Antonio donde se localiza la capilla del mismo nombre. Abarca un total de 27 manzanas. Fijan sus límites la calle 5ta y La Merced; al oriente, el Parque del Acueducto y Los Cristales; al occidente, los barrios Bellavista, Nacional y San Cayetano al sur; por el norte, se destaca la casa de infancia del poeta Jorge Isaacs y la manzana donde anteriormente estuvo el Colegio El Amparo, hoy Hotel Intercontinental y el barrio El Peñón (SMP, 1998).


Crecimiento histórico y urbano:

San Antonio, comenzó a formarse a finales del siglo XIX, estaba habitado, en su parte baja, contigua a La Merced, por algunos comerciantes, funcionarios y propietarios de fincas; en su parte alta, más próxima a la capilla de San Antonio, hasta “la calle de la acequia”, por artesanos, pulperos, maestros de escuela (Vásquez, 2001). En este siglo también empezaron a llegar los primeros pobladores del sector del empedrado localizado en el costado oriental y parte alta del barrio. Los nuevos pobladores eran provenientes de Nariño y Cauca principalmente. Estas personas ocupaban predios pequeños en comparación a los de la parte baja del barrio.

Las primeras casas de la parte alta se construyeron hacia el norte frente a la casa de los Isaacs, las cuales eran de guadua, esterilla o embutidos con techos de paja o de guadua, que más tarde se reemplazaron por viviendas de bahareque con techos de lata (Ortega, 1995). Estos asentamientos tenían un carácter de una ocupación espontánea, por lo tanto, las dimensiones de las manzanas son menores en relación con el resto del barrio.

A comienzos del siglo XX continuaron llegando a la zona del empedrado del barrio San Antonio, personas provenientes de Cauca y Nariño. Fue tal el auge migratorio que, según testimonios, ya en 1918 todo este sector estaba poblado.


Población:

El barrio tiene actualmente una población estimada de más de 4500 habitantes (EMCALI, 1994, en SMP, 1998), que ocupan más de 1060 viviendas repartidas en los 780 predios que conforman las 27 manzanas que lo componen (datos estimados a partir de SMP, 1998).

Según EMCALI (1994), en SMP (1998), el barrio está catalogado en el estrato III, medio - bajo. El uso predominante de las viviendas de tipo residencial, seguido de los usos mixtos (vivienda-comercio, vivienda-oficina, vivienda taller, vivienda, educativo, etc).

De acuerdo con SMP (1998), el barrio San Antonio es en más de un 67% de uso residencial; por lo menos un 10 % es de uso comercial, otro 10 % es de uso mixto (vivienda/comercio, vivienda/educativo, vivienda/taller, vivienda/oficina) y el 13 % restante pertenece a usos educativos, religiosos, institucional, etc.


Descripción urbanística y arquitectónica:

Según Quintero & Barandica (1984), San Antonio no es un barrio colonial, sino desarrollado en la época republicana; no hay obras coloniales a excepción de la capilla, la cual refleja un estilo colonial tardío.

Más del 80% de las viviendas son de uno y dos pisos (61% de un piso y 19% de dos pisos). El barrio conserva los vestigios de las manifestaciones arquitectónicas de tradición colonial, republicana, ecléctica y moderna, que conformaron el desarrollo de la construcción de vivienda popular en Cali. Alrededor del 73 % de sus edificaciones fueron construidas con técnicas de principios del siglo XX, en materiales como adobe y ladrillo.
La Capilla se ubica en la colina, la cual está surcada por muros de contención en piedra y se ha convertido en un mirador muy concurrido hacia la ciudad. Detrás de la Capilla, al oeste de la colina, se localiza el Acueducto Municipal (1927) y la planta de generación eléctrica (1965).

Los edificios del barrio San Antonio son un producto de la transformación a raíz de influencias externas, las cuales han generado una concatenación e intersección de cada tipo arquitectónico con el próximo y de esa conjunción surgen "híbridos", como en el caso de la vivienda republicana, que conserva el alero y los mismos materiales coloniales, si bien, a lo ornamental se le da un mayor desarrollo.


 La Arquitectura de Cali


Con el fin de tener un mayor conocimiento de la arquitectura tradicional de la ciudad de Cali y lograr así proponer una catalogación estilística del barrio san Antonio que nos permitiera tener un glosario claro para la realización del trabajo de campo; complementamos la descripción de Quintero & Barandica (1984), con otros estudios que se han realizado sobre la tipología arquitectónica de la ciudad, como es el Diagnóstico elaborado por la Universidad del Valle en el 2003 y el trabajo desarrollado por Susana Jiménez Correa, de la Universidad de San Buenaventura de Cali en 2009, que consideramos han realizado investigaciones técnicas y detalladas muy útiles para este proceso.


Arquitectura Colonial:


Susana Jiménez Correa, es su libro “La Arquitectura de Cali, valoración Histórica”, explica que, dada la importancia de la evangelización católica durante la Colonia, las expresiones arquitectónicas en iglesias matrices, parroquiales y conventos fueron de gran relevancia y en Cali muchas de ellas aún se conservan.

Sin embargo, en el caso de la vivienda, la estética corresponde a la cultura campesina, cuyo origen constructivo popular se mantuvo hasta el siglo XIX, influenciado por los patrones genéricos de las construcciones rurales españolas.  Debido a la fragilidad de las obras y a la devastación de la que fueron objeto, no quedan vestigios de la arquitectura doméstica de los siglos XVI y XVII, siendo el sector de La Merced y algunas zonas de San Pedro, donde se evolucionó sobre los patrones del tipo edificatorio residencial.

En la valoración del contexto se destacan: la baja densidad de ocupación, la continuidad y unidad de los perfiles, la regularidad y el orden de los empates volumétricos, y en general una imagen arquitectónica y urbana cargada de significados.

Jiménez Correa, además hacer una representación gráfica de los principales elementos que caracterizan este tipo de arquitectura tanto en lo urbanístico como en lo arquitectónico, que nos servirá de guía para identificar qué de esto podemos encontrar todavía en el barrio San Antonio. 




Tomado del libro “La Arquitectura de Cali, valoración Histórica”. Susana Jiménez Correa (2009).


 Tradición Colonial:

 En el “Estudio Técnico Preliminar para la Formulación del Plan Especial de Protección del Centro Histórico de Cartago”, se hace una discriminación de dos periodos en los que está presente la tradición colonial:

Inmuebles de tradición colonial primera época. En los inmuebles de tradición colonial es posible diferenciar aquellos construidos antes de 1920 de los construidos entre esta época y 1940. Los más antiguos suelen tener muros en tapia pisada o adobe; su sumario tratamiento formal se reduce a un zócalo en pintura y a la carpintería de las rejas que protegen los vanos de fachada; en los mejores ejemplos los piederechos y las monteras o zapatas que los coronan son muy elaborados; los dinteles de las puertas y las ventanas no suelen estar alineados ni son uniformes los distanciamientos entre ellos.

Inmuebles de tradición colonial segunda época. Los inmuebles de tradición colonial más recientes que se construyeron hasta la cuarta década del siglo XX, comparten en planta las mismas características de los anteriores: espacios no especializados que forman crujías, comunicados interiormente con puertas en correspondencia con sus ejes; sus muros, sin embargo, en bahareque o en adobe son de espesores menores; dispuestos en tizón los que arman las crujías y en soga sus divisiones. Monteras con sus piederechos más delgados y menos elaborados; vanos en mayor número alineados y regularmente espaciados enmarcados en fachada por resaltos que parten de un zócalo
pronunciado que suele presentar estrías en las en las dos direcciones a imitación del almohadillado.


Arquitectura Republicana:


Sobre este tipo de arquitectura es sobre el que encontramos mayor cantidad de información en las investigaciones consultadas.

El estudio realizado por la SMP en 1998, la define como aquella arquitectura del siglo XIX y principios de siglo XX, que corresponde a un momento histórico, en el cual se dan los usos institucionales y en el que aparecen expresiones del neoclasicismo y neogotismo.  Forma parte de un periodo de transición y lo caracteriza así: altura por lo general de un piso (4 m a 6 m), muros en adobe hasta de ochenta centímetros y un metro de espesor; aparecen ritmos de ventanas y puertas en fachadas, las dimensiones de las ventanas y puertas varían hasta los 3 m; aparecen rejas y elementos decorativos en vanos; se encuentran elementos decorativos y materiales arcillosos en fachadas, al interior está dispuesto un amplio patio central, acompañado de plantas, fuentes y corredores, donde aparecen barandas, pilares y balaustres en madera, combinados con elementos metálicos y basamentos para los pilares. La cubierta es en teja de barro, el tamaño de la teja es mayor, se encuentran tejas hasta de 50 cm.

El estudio del Plan Especial de Protección del Centro Histórico de Cartago, lo define como edificaciones con un repertorio de cornisas que acompañan aleros o áticos, resaltos en las ventanas con dinteles en arco rebajado que destacan en relieve sus claves; zócalo pronunciado y estriado y ocasionalmente comprendido entre los vanos pilastras lisas o pobremente elaboradas.

Este estudio, llama la atención sobre como en Cartago el estilo republicano se combina con el uso del alero, lo que no es común en el resto del país y que como veremos más adelante, también sucede en San Antonio.

Por su lado, Jiménez Correa, plantea que, en esta arquitectura, los valores simbólicos se convierten en estéticos y cobran importancia la composición formal, el maquillaje superficial y los ornamentos. La europeización de la ciudad, cifrada en una estética republicana de magnificencia y monumentalidad, se convirtió en un imaginario colectivo urbano que se apropió de los cánones clásicos y de sus elementos primarios: un repertorio básico de capiteles, cornisas, frontones, acroterios y pináculos que garantizaron no sólo la unidad estilística sino la seguridad estética.

Habla sobre la pérdida de la tipología de patio, como la ruptura fundamental con el pasado colonial y describe así sus elementos:  fachadas coronadas por cornisas, juegos complejos de simetrías, balcones abalaustrados, diferencias en la altura y forma. En lo urbano se valora el tratamiento de la esquina, que se ochava para ceder esta área al espacio público y conforma una especie de pequeñas plazas o antejardines sobre los
que se localiza el acceso.

Este estudio hace referencia a como este estilo ha sido adaptado en las manifestaciones populares de la arquitectura y como ha persistido a lo largo del tiempo con sus diferentes adaptaciones.  

Se hace una descripción grafica de los elementos que conforman esta arquitectura, lo que consideramos de gran ayuda para la posterior definición de los estilos en San Antonio.
Tomado del libro “La Arquitectura de Cali, valoración Histórica”. Susana Jiménez Correa (2009).


Ecléctico


El estudio de la SMP (1998), habla adicionalmente de una arquitectura de transición hacia el modernismo y el postmodernismo; que recoge diferentes elementos de composición y decorativo, la denomina como arquitectura ecléctica que responde a una manifestación de diferentes formas, estilos, característicos de una arquitectura vernácula, popular, que incorpora nuevos materiales y acabados (SMP, 1998).

La caracteriza así:  Altura de dos pisos, muros en ladrillo, cubierta en teja de barro, se suprime el alero; aparecen formas y elementos decorativos como cornisas y vanos con formas geométricas; carpintería metálica en puertas y ventanas; se eliminan los patios estilo republicano, corredores y pilares; en fachada aparecen enchapes, texturas, colores fuertes, marquesinas, los zócalos se tratan con texturas. No existen ritmos, ni composiciones simétricas en fachada


Neocolonial:


Los estudios del Centro de Investigaciones en Territorio Construcción y Espacio de la Universidad del Valle y el estudio de Susana Jiménez Correa de la Universidad de San Buenaventura de Cali, coinciden con que el neocolonial es un estilo característico del Valle del Cauca, que no es considerado un falso histórico como ha sido catalogado por varios autores nacionales.

En Cali lo neocolonial originó las primeras expansiones urbanas en sitios exclusivos con abundante área disponible, grandes construcciones rodeadas de jardines, caracterizada por una variada y animada volumetría y complejas cubiertas, con grandes porches y balcones; fachadas con los más heterodoxos motivos ornamentales, rematadas indiferentemente en aleros en ángulo o aleros horizontales O áticos.

Este repertorio según la Universidad el Valle es interpretado en los centros urbanos tradicionales y el resultado queda reducido en cornisas discontinuas y en diferentes alturas, ventanas sencillas, dobles o triples terminadas en igual número de arcos de medio punto, precedida de gruesos antepechos fachadas continuas y retrocesos, especialmente en edificios esquineros.

Para Jiménez Correa, esta es una renovada versión del estilo español-californiano proveniente de la costa oeste y de la Florida en Estados Unidos, se generaliza especialmente en la vivienda, donde se incorporan los patrones del español californiano.

El “reencuentro con las tradiciones” se convierte en un amplio movimiento en América Latina y transforma los patrones historicistas anteriores con formas nuevas que abren una enorme posibilidad de variaciones: porches formados por arcos ornamentados en el extradós, balcones de delgadas columnas localizados sobre los porches, cubiertas inclinadas en teja de barro, retranqueo de planos, torreones y antejardines cerrados con muros bajos de pequeños machones y rejas en hierro forjado.

La crítica de la arquitectura neocolonial ha fluctuado entre dos posturas contrarias: el generoso reconocimiento de su valor patrimonial y el rechazo de su empleo como estilo
decorativo. En la primera postura se encuentra el Acuerdo 0232 de 2007, que como normativa de protección ha catalogado más de cincuenta edificaciones que se inscriben en esta tendencia. En la actitud de rechazo se ubica Germán Téllez cuando afirma: “La casa colonial dio, inesperadamente, lugar a ciertas variables locales de un género arquitectónico común a todos los países latinoamericanos, trabajosamente definible como ‘neocolonial’ o ‘falso colonial’. Esto no pasó casi nunca de algunas superficiales remembranzas de rasgos decorativos tomados supuestamente de la tradición colonial, aunque desfigurados o caricaturizados hasta el límite del ridículo, al menos en Colombia, por artistas y gente culta, en las primeras décadas del siglo XX, por la idea de vestir alegremente la intolerable desnudez o pobreza de la construcción doméstica colonial neogranadina, o en crear de la nada otra arquitectura puramente imaginaria” (Téllez, 1995).

En la misma dirección, Marina Waisman señala: “La línea del nacionalismo sufrirá una y
otra vez la recuperación de formas supuestamente nacionales, y entre ellas será favorecida la memoria de lo colonial, pocas veces, por lo demás, revivido de un modo auténtico. Curiosa y absurdamente, una de las formas más corrientes que toma esta seudo-memoria es la del chalet californiano, versión popularizada y bastardizada de la arquitectura de las misiones españolas de California. La teja española, la galería, el arco más o menos caprichoso, la planta asimétrica de origen pintoresquista y los aditamentos simbólicos como aljibes, rejas, ventanas con guardapolvos, parecen satisfacer una necesidad de identidad, una identidad inventada, por lo demás” (Waisman, 1990).

Contrariando estas críticas, Francisco Ramírez afirma: “Una revisión menos prejuiciada
podría reconocer que, distinto a una simple modalidad del eclecticismo, la arquitectura neocolonial no simplemente fue anticipatoria de la moderna en la forma urbana, el tratamiento del edificio como juego de volúmenes y la adecuación espacial a las nuevas
formas de vida, sino que en sí era una alternativa. […] El neocolonial fue más que una
variante estilística en los eclecticismos de principios de siglo, como muchos lo consideraron.  En los trozos de ciudad que construyó, aparecieron no sólo algunos de los modelos de urbanización, sino que también en la organización y construcción de las casas se manifestaron muchas de las premisas de la arquitectura y el urbanismo moderno” (Ramírez y otros, 2000).


Finalmente, Jiménez Correa reconoce en la arquitectura de transición la importancia de su valor histórico, pues contribuyó a la invención de las identidades regionales en la consolidación de la República y en el tránsito a lo moderno reincorporó la memoria de un pasado que se había desdibujado con la estética republicana. Con un renovado interés nacionalista, ávido de recuperar las tradiciones, esta arquitectura adquiere también un relevante valor simbólico, en tanto reelabora con sus rasgos españoles un contenido cultural que se manifiesta en la multiplicidad de las variables que adopta.

La arquitectura neocolonial ofrece una respuesta apropiada al paisaje, al clima y a la vegetación, incorpora los retranqueos del antejardín y aporta a la configuración barrial. Con los patrones del lenguaje español-californiano y de las misiones coloniales, muy difundidos en la época, esta arquitectura se multiplicó en los barrios residenciales y adquirió un importante valor social, pues “modernizó” los espacios adecuándolos a las nuevas formas de vida.

Los valores ambientales de la arquitectura neocolonial son relevantes, no sólo en lo urbanístico sino también en la climatización interior y en el acondicionamiento ambiental,
logrados por medio de porches y balcones como espacios de transición entre exterior e
interior” […] “el principio de confort hizo que en Cali se hiciera uso extensivo de ventanas
de persianas, canceles llenos de calados, generosos balcones, corredores y protectoras
galerías frente a las inclemencias del sol. Las formas de las arquitecturas europeas no
sólo se tropicalizaron en buena medida, sino que su estética fue además digerida e incorporada a la cultura constructiva popular” (Ramírez y otros, 2000).

Jiménez, quien ha estudiado a profundidad este estilo en la arquitectura de Cali lo describe de la siguiente manera: la descomposición volumétrica que rompe la continuidad de los paramentos, los torreones y volúmenes semicirculares, los planos sobresalientes con cubiertas acusadas y los retranqueos que adaptan los volúmenes a sus emplazamientos y topografías, aportan valores estéticos a la arquitectura de este periodo. Además, se destacan el manejo de la escala en la relación amable con lo urbano, la unidad compositiva a pesar de las variables formales, el contraste de texturas, los acabados en materiales rugosos como la piedra y el empleo de elementos ornamentales, escudos, azulejos decorativos, etc. El valor tecnológico de esta arquitectura radica en que permitió el desarrollo de las tradiciones constructivas, adaptándose a los avances de la época. Se recuperaron los aleros que habían desaparecido en el periodo anterior (con canecillos y sin ellos), se entremezclan arcos de diferentes proporciones, rejas en forja metálica, machones de cerramiento del antejardín y un sinnúmero de elementos que enriquecen formalmente las propuestas.





Tomado del libro “La Arquitectura de Cali, valoración Histórica”. Susana Jiménez Correa (2009).


ArtDeco:


El Centro de Investigaciones de la Universidad Del Valle, define este estilo por su predilección por la línea continua, por las formas curvas y sinuosas, que asocian y funden entre sí componentes, partes y elementos es la corriente que con mayor fortuna se presta para las reinterpretaciones formales de las fachadas, que como sus referentes combinan o contrastan la simetría de sus partes con sutiles desequilibrios cuidadosamente sopesados.

Jiménez Correa de la Universidad de San Buenaventura, explica como el creciente entusiasmo por lo nuevo y su consecuente desprecio por las expresiones arquitectónicas del pasado, precipita la demolición de las edificaciones “antiguas” –principalmente del periodo colonial – para dar cabida a la elevación de edificios modernos en los que se recrean las referencias del Deco estadounidense y de otras derivaciones modernistas paralelas, que experimentan en lo que se conoce como el estilo náutico; donde para semejar la quilla de los barcos, se exalta la curvatura dinámica de las esquinas y se crean balcones corridos, ventanas circulares y pasamanos metálicos que rematan las terrazas, con composiciones eclécticas que conjugan el dinamismo de las formas curvas, la estaticidad de las simetrías y las jerarquías clásicas.

Es importante reconocer como estas modernas construcciones dejan ver su respeto por lo urbano en la conservación de los paramentos y en la integración coherente con las preexistencias del contexto. 


Arquitectura Moderna:


El estudio técnico para la formulación del Plan Especial de Protección del Centro Histórico de Cartago, reconoce dos momentos de la modernidad, así:

Inmuebles de la primera modernidad: (de los años 60 y 70). En estos inmuebles se expresa muy claramente las constantes del denominado movimiento moderno: cubiertas planas, grandes superficie de ventanas corridas hechas en ángulo metálico, plantas muy limpias con escasas divisiones, escaleras ligeras y sueltas. Los mejores ejemplos suelen incluir balcones o voladizos resueltos en los planos de fachada sin ocasionar conflictos de empate con las fachadas vecinas. En los desarrollos de más de dos pisos, las alturas y los volúmenes son contenidos, y aunque se destacan no rompen abruptamente con la paramentación de la manzana.

Inmuebles de la segunda modernidad: (años 80 hasta nuestros días). La calidad de su arquitectura baja ostensiblemente, con grandes voladizos, descuidan sistemáticamente su relación con edificios vecinos, no sólo con las tradicionales en las que ocasionan graves daños en sus aleros y cubiertas, sino con las mismas de su género: bruscos encuentros de perfiles de diferente conformación y alturas disímiles que ignoran alineaciones, correspondencias o continuidad de elementos homólogos. A lo que se agrega el uso de colores contrastantes, de acabados en los que abundan los enchapes, todo lo cual hace de estos edificios, productos autárquicos que, en los peores casos, los más recientes, recurren a gestos gratuitos, giros, desplazamientos en planta y en alzado, en un pedante exhibicionismo constituye el impacto más negativo de las construcciones modernas en el centro de Cartago.

Para Susana Jiménez Correa, con la pérdida de los valores históricos, simbólicos y patrimoniales, todo lo construido en otros tiempos se vuelve objeto de una indiscriminada destrucción y cobran importancia el valor de uso, el valor tecnológico y, por supuesto, el valor comercial. En Cali, a pesar del carácter “internacional” de las tendencias se mantiene un cierto sentido de lo tradicional y una valoración de los contextos de implantación: en lo urbanoambiental las formas nuevas se adaptan a las preexistencias de la morfología urbana, para conseguir continuidad en los paramentos y una escala apropiada al peatón.

De fundamental importancia es la solución climático-ambiental de las edificaciones, obtenida con una óptima orientación, la búsqueda de una adecuada ventilación y el uso recurrente y expresivo de elementos de protección solar, parasoles, calados, ventanas retrocedidas, pérgolas, terrazas jardín y piscinas. La manifiesta preocupación ambiental trae consigo la recuperación de patrones organizativos propios de las tradiciones locales abandonadas y se recrean elementos como patios interiores, amplios corredores, acequias etc.

Jiménez define la arquitectura moderna como: una composición dinámica lograda a partir de sólidos elementales y una geometría simple de las formas.  Se busca la integración y transparencia espacial, la horizontalidad y delgadez de los planos, cubiertas y voladizos, puestos en relación con la escala urbana, los microclimas interiores y una vegetación con exuberantes jardines. De otro lado, los avances tecnológicos permiten valorar la expresión libre del esqueleto, el adelgazamiento de los planos, la planta libre e incrementar la relación interior-exterior con el uso del vidrio, las ventanas corridas y el manejo de grandes luces.


Tomado del libro “La Arquitectura de Cali, valoración Histórica”. Susana Jiménez Correa (2009).

 

Modernización Popular:


La modernización popular es una categoría planteada por el estudio de la SMP (1998), la define como arquitectura de mediados y finales de siglo; influenciada por la proliferación de nuevos materiales, tecnologías y estilos. Cuando la construcción se hace sobre una vivienda consolidada, se presenta una transformación de la edificación, al nivel de fachadas, cubiertas, aleros; se presentan demoliciones, retrocesos; se cierran vanos, cambian acabados, materiales y texturas en fachadas; los usos también son diferentes, eliminándose en algunos casos el residencial; algunas edificaciones son para vivienda multifamiliar, aparece el garaje, el sótano y semisótano como un elemento importante en fachada. Algunas veces, aunque la vivienda es transformada, conserva su estructura original.   Características de las edificaciones:  La altura varía de uno, hasta más de cuatro pisos, los materiales en que están construidas son el ladrillo, hormigón y estructuras metálicas; los acabados en yeso, cemento, arcillas y sintéticos; hay diversidad de enchapes, aparecen terrazas, retrocesos, voladizos, los balcones son de mayor tamaño; los vanos en ventanas también son mayores; generalmente se suprimen los aleros; además de utilizar la teja de barro, como material para la cubierta se utilizan otros como el asbesto-cemento, acrílicos, sintéticos, plásticos y losas de hormigón.


Propuesta para la definición de Estilos Arquitectónicos del barrio San Antonio



En primera instancia nos parece pertinente hacer una precisión sobre el concepto de “estilo” y su relación con los periodos históricos en la ciudad.  En la historiografía de la arquitectura occidental ha sido frecuente la concepción del estilo como una forma de clasificar las obras, para poder analizarlas y comprender la evolución de la arquitectura en los diferentes periodos de la historia.

El estilo, hace referencia a principios compositivos, detalles y códigos que definen características homogéneas asociadas con las formas, tipos de edificios, elementos técnicos e iconográficos que los identifican.  Estos rasgos pueden caracterizar a un autor, una escuela, una región o una cultura; significar formas de vida y la esencia de una época.

En Colombia los estilos arquitectónicos se han ligado generalmente a periodos históricos; por ejemplo, el caso del periodo histórico de la Colonia, que se confunde con la “arquitectura colonial” considerada como un estilo arquitectónico; lo mismo ocurre con el periodo de la República y la “arquitectura republicana”, generalmente identificada como el “estilo” que incorporó la estética neoclasicista y consolidó un lenguaje formal. 

Sin embargo, se debe tener en cuenta que la arquitectura sufre transformaciones en diversos campos: su relación con el contexto urbano, las técnicas constructivas, tendencias, recursos, gustos, adopción o no de ornamentación, etc; por lo que situar una obra arquitectónica en un estilo por su periodo de construcción puede resultar incierto.

Así, la propuesta que presentamos a continuación acoge las definiciones de los autores anteriores pero, reinterpretándolas con los hallazgos del trabajo de campo, donde evidenciamos que, debido a la condición popular de esta arquitectura, difícilmente se puede encontrar un estilo arquitectónico puro.  Al no ser una arquitectura de autor, es decir, una arquitectura sin arquitectos, encontramos una importante mezcla de elementos que pueden pertenecer a diferentes estilos

Definimos entonces, catalogar la arquitectura reconociendo las particularidades de algunos elementos característicos de determinados estilos, aunque no reúnan la totalidad de ellos y apoyados en el glosario suministrado por la Secretaria.


Colonia:


El periodo colonial en el barrio San Antonio, está presente solo en dos elementos:  Capilla localizada en la Colina que tiene 250 años y en la morfología del espacio público.  Este último está conformado, por un trazado cartesiano con manzanas que se acomodan a la topografía, en el que se destacan la baja densidad de ocupación, la continuidad y unidad de los perfiles, la regularidad y el orden de los empates volumétricos.


 Tradición Colonial:


La tradición colonial la identificamos por los siguientes elementos: edificaciones hechas en tierra (tapia pisada, adobe o bahareque), puertas y ventana en madera, con zaguán, patios enmarcadas por corredores, solares, cubierta en teja de barro, predominio de llenos sobre vacíos; fachada con zócalo pintado y rematada en alero.





Arquitectura Republicana:


En el barrio San Antonio, casi toda la arquitectura reconocida como republicana se podría enmarcar en un estilo ecléctico, ya que responde a una manifestación de diferentes formas, estilos, característicos de una arquitectura vernácula, popular, que incorpora nuevos materiales y acabados.  

Para catalogar la arquitectura republicana del barrio identificamos los siguientes elementos: cornisas que acompañan aleros o acroterios (áticos), vanos remarcados, zócalo con pretil.

En lo urbano se valora el tratamiento de la esquina, que se ochava para ceder esta área al espacio público y conforma una especie de pequeñas plazas o antejardines sobre los
que se localiza el acceso.






Neocolonial:


Esa arquitectura la identificamos por: la descomposición volumétrica que rompe la continuidad de los paramentos, los torreones y volúmenes semicirculares, los planos sobresalientes con cubiertas acusadas y los retranqueos que adaptan los volúmenes a sus emplazamientos y topografías. Se destacan, el contraste de texturas, los acabados en materiales rugosos como la piedra y el empleo de elementos ornamentales, escudos, azulejos decorativos, etc.

El valor tecnológico de esta arquitectura radica en que permitió el desarrollo de las tradiciones constructivas, adaptándose a los avances de la época. Se recuperaron los aleros que habían desaparecido en el periodo anterior (con canecillos y sin ellos), se entremezclan arcos de diferentes proporciones, rejas en forja metálica, machones de cerramiento del antejardín y un sinnúmero de elementos que enriquecen formalmente las propuestas.
 


  ArtDeco:


Se reduce el ornamento y se exaltan las volumetrías de formas regulares. Con el empleo de líneas rectas se introduce un racionalismo de cubiertas y fachadas planas, remates rectos y elementos que en forma de parasoles cruzan exteriormente las losas acentuando la verticalidad que le dio el nombre de “estilo vertical”.

conservan aún características clásicas como la simetría de la fachada, las jerarquías, los ejes y los ritmos marcados en las ventanas, así como los patios interiores y algunas ornamentaciones neoclásicas.

se exalta la curvatura dinámica de las esquinas y se crean balcones corridos, ventanas circulares y pasamanos metálicos que rematan las terrazas, con composiciones eclécticas que conjugan el dinamismo de las formas curvas, la estaticidad de las simetrías y las jerarquías clásicas.





Arquitectura Moderna:


Identificada por contar con: cubiertas planas, grandes superficie de ventanas corridas hechas en ángulo metálico, plantas muy limpias con escasas divisiones, escaleras ligeras y sueltas. De fundamental importancia es la solución climático-ambiental de las edificaciones, obtenida con una óptima orientación, la búsqueda de una adecuada ventilación y el uso recurrente y expresivo de elementos de protección solar, parasoles, calados, ventanas retrocedidas, pérgolas, terrazas jardín y piscinas.




Modernización Popular:


Hemos considerado en modernización popular todos aquellos inmuebles influenciados por la proliferación de nuevos materiales, tecnologías y estilos.

Es cuando la construcción se hace sobre una vivienda consolidada, transformando la edificación, al nivel de fachadas, cubiertas, aleros; se cierran vanos, cambian acabados, materiales y texturas en fachadas; aparece el garaje, el sótano y semisótano como un elemento importante en fachada.

La altura varía de uno, hasta más de cuatro pisos, los materiales en que están construidas son el ladrillo, hormigón y estructuras metálicas; los acabados en yeso, cemento, arcillas y sintéticos; hay diversidad de enchapes, aparecen terrazas, retrocesos, voladizos, los balcones son de mayor tamaño; los vanos en ventanas también son mayores; generalmente se suprimen los aleros; además de utilizar la teja de barro, como material para la cubierta se utilizan otros como el asbesto-cemento, acrílicos, sintéticos, plásticos y losas de hormigón.




Arquitectura Contemporánea:


En el barrio encontramos algunos inmuebles que, aunque no son de arquitectura tradicional, han reinterpretado los valores urbanos del contexto para adaptarse con nuevas propuestas arquitectónicas.

Uno de estos ejemplos es la casa denominada “La Queja” del arquitecto Benjamín Barney, que claramente es una arquitectura de autor de gran calidad.  Como su mismo nombre lo indica, ha recibido muchas críticas por la forma como rompe con el contexto urbano por su propuesta volumétrica de una cubierta inclinada con una pendiente muy pronunciada, así como los ritmos de los vanos que no corresponden a ningún estilo del lugar; sin embargo, denota una preocupación por el uso de los materiales como la teja de barro, las puertas y ventanas de madera; también una intensión de dar continuidad a la línea del paramento y a dar continuidad a la línea de la cornisa de la edificación vecina, por lo que logra integrarse al contexto y a la vez hacer una nueva propuesta estética para el barrio.






[1] Manual para inventarios de Bienes Culturales Muebles. Ministerio de la Cultura, Dirección de Patrimonio. Bogotá, Colombia, 2005. 
[2] Ley 397 de 1997, artículo 1.
[3] Según la Ley 1185 de 2008, "Por la cual se modifica y adiciona la Ley 397 de 1997 -Ley General de Cultura- y se dictan otras disposiciones.
[4] Republica de Colombia. Ley 1185 de 2008.